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La vigilancia del cumplimiento del Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo

El recurso preventivo de cada contratista responde al objeto de vigilar el cumplimiento de las medidas incluidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo y comprobar la eficacia de éstas.
Obligatoria cuando, durante la obra, se desarrollen trabajos con riesgos especiales, tal y como se definen en el Real Decreto 1627/ 1997, requiere de personal competente cuyo perfil en CFP Servicio de Prevención garantiza:
● Experiencia en las características del trabajo en obra.
● Conocimiento de la normativa preventiva específica en el sector de la construcción e interpretación del Plan de Seguridad y Salud en el trabajo.
● Capacidad de detección del agravamiento o modificación de los riesgos en los puestos de trabajo en obra.
● Dominio en la concurrencia de operaciones y sujetos, actividades o procesos reglamentariamente considerados peligrosos o con riesgos especiales.
● Participación en las actividades promovidas por el coordinador de seguridad y salud.
● Puesta en práctica de las indicaciones e instrucciones del coordinador de seguridad y salud, verificando su realización por los sujetos (Subcontratistas – Trabajadores autónomos) que actúan dentro del ámbito de ejecución del contrato del contratista.
● Gestión documental / Libro de Subcontratación.
● Control de los requerimientos a subcontratas.
Técnico de Seguridad en obra
Técnicos en PRL especialistas en el sector de la construcción para:
● El cumplimiento del marco normativo de la prevención en obra.
● Gestor documental / Control de actividades preventivas / Control de subcontratas.
● Coordinación de actividades empresariales, R.D 171 / 2004 / Recurso preventivo.
